Notificación Electrónica La Notificación Electrónica en el juicio contencioso administrativo está contemplada en el Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí, es obligatoria para las autoridades demandadas, y voluntaria para los particulares. Dicho ordenamiento faculta al Tribunal a expedir los lineamientos para el trámite de registro de usuarios, acuerdos y resoluciones sujetos a la misma y el personal facultado para realizarla. Los actores o terceros interesados a juicio, si es su voluntad que las actuaciones procesales le sean notificadas electrónicamente, deberán señalarlo así en su demanda o comparecencia y proporcionar un correo electrónico, por lo que no es necesario que se registren.

Lineamientos para la Notificación Electrónica

 

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